Sudeban estableció la normativa sobre «contactless»

La superintendencia venezolana creó la normativa referente a este tipo de pago que recién se está incorporando al país

La Superintendencia Nacional de Instituciones del Sector Bancario (Sudeban) estableció un marco normativo crucial para la implementación de la tecnología inalámbrica de corto alcance, conocida como NFT (Near Field Communications). Esta tecnología facilita pagos sin contacto a través de tarjetas, y la Sudeban ha emitido la orden a los bancos de definir límites diarios para el uso de estos innovadores instrumentos financieros.

La circular número 07735, fechada el 27 de noviembre, establece que los bancos deben obtener la aprobación previa de la Sudeban para implementar esta tecnología y reforzar las medidas de control para prevenir prácticas fraudulentas.

Según la circular, los montos límites diarios para los pagos sin contacto deben actualizarse al menos cada seis meses, basándose en estudios realizados por la Unidad de Administración Integral de Riesgos (UAIR). Estos montos pueden ser establecidos para una sola transacción o como la suma de varias transacciones en el día, ofreciendo flexibilidad al cliente para parametrizar el uso dentro de los límites diarios en cualquier medio electrónico.

La normativa también exige la autenticación categoría 2 para pagos con tarjetas contactless que superen el Monto Límite Inferior Diario (MLID). Adicionalmente, se indica que la tarjeta de proximidad sin contacto debe ser introducida en el dispositivo de pago para validar parámetros antes de autorizar operaciones de pago que excedan el Monto Límite Superior Diario (MLSD).

La Sudeban ordena la implementación de parámetros que permitan al cliente habilitar o restringir el servicio, además de reforzar el monitoreo en tiempo real de transacciones sin contacto. La circular destaca la importancia de la detección temprana de transacciones no habituales o inusuales, con recomendaciones como la evaluación de tendencias transaccionales, activación de alertas tempranas, notificación oportuna a los clientes de transacciones inusuales, y la posibilidad de bloqueo o suspensión de acceso al canal de pago en caso de actividades irregulares.

Adicionalmente, se ordena a los bancos implementar un sistema electrónico o de SMS para notificar de inmediato a los clientes sobre operaciones realizadas con instrumentos contactless, proporcionando detalles completos. Los bancos también deben contar con medios de comunicación efectivos para procesar reclamos, notificaciones y posibles fraudes, con seguimiento oportuno de estas comunicaciones.

A pesar de la adopción generalizada de tecnologías de pago sin contacto, la circular de la Sudeban, liderada por la superintendenta de Bancos, Anabel Pereira Fernández, refuerza los controles para garantizar la seguridad y protección de los clientes.

K. Tovar

Fuente: marketinghoy

(Fuente imagen referencial: Towfiqu barbhuiya, Unsplash)

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